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Registro

Plan de Cuentas OHADA (Extracto)

Código Descripción Masa Patrimonial
10 Capital Neto
101 Capital social Neto
1011 Capital suscrito no desembolsado Neto
1012 Capital suscrito, exigido, no desembolsado Neto
1013 Capital suscrito, exigido, desembolsado, no amortizado Neto
102 Capital por dotación Neto
1021 Dotación inicial Neto
1022 Indemnizaciones complementarias Neto
1028 Otras asignaciones Neto
11 Reservas Neto
111 Reserva legal Neto
112 Reservas estatutarias o contractuales Neto
113 Reservas reguladas Neto
1131 Reservas netas para plusvalías a largo plazo Neto
1132 Reservas para asignación de acciones gratuitas a empleados y directivos Neto
1133 Reservas resultantes de la concesión de subvenciones a la inversión Neto
12 Beneficios no distribuidos Neto
121 Beneficios no distribuidos Neto
129 Déficit prorrogado Neto
1291 Pérdida neta prorrogada Neto
1292 Pérdida Amortización diferida Neto
13 Beneficio neto del ejercicio Neto
130 Beneficios pendientes de asignación Neto
1301 Resultado pendiente de asignación: beneficio Neto
1309 Resultado pendiente de consignación: pérdida Neto
131 Beneficio neto Neto
132 Margen comercial (TM) Neto
133 Valor añadido (VA) Neto
14 Subvenciones a la inversión Neto
141 Subvenciones para equipamiento Neto
1411 Estado Neto
1412 Províncias Neto
1413 Distritos Neto
148 Otras subvenciones a la inversión Neto
15 Provisiones reguladas y fondos similares Pasivo
151 Amortización acelerada Pasivo
152 Plusvalías de cesión a reinvertir Pasivo
153 Fondos regulados Pasivo
1531 Fondo Nacional Pasivo
1532 Tasa para el presupuesto Pasivo
16 Empréstitos y obligaciones similares Pasivo
161 Emisiones de obligaciones Pasivo
1611 Emisiones de obligaciones ordinarias Pasivo
1612 Bonos convertibles en acciones Pasivo
1613 Bonos reembolsables en acciones Pasivo
162 Empréstitos de entidades de crédito Pasivo
17 Pasivos por arrendamiento financiero Pasivo
172 Pasivos por arrendamiento de inmuebles Pasivo
173 Pasivos por arrendamiento financiero Pasivo
174 Obligaciones por arrendamiento-compraventa Pasivo
18 Pasivos relacionados con participaciones y cuentas de enlace Pasivo
181 Pasivos asociados a participaciones Pasivo
1811 Pasivos asociados a participaciones (grupo) Pasivo
1812 Pasivos relacionados con participaciones (no grupo) Pasivo
182 Deudas con empresas conjuntas Pasivo
19 Provisiones para riesgos y gastos Pasivo
191 Provisiones para litigios Pasivo
192 Provisiones para garantías dadas a clientes Pasivo
193 Provisiones para pérdidas en contratos con finalización futura Pasivo
21 Inmovilizado inmaterial Activo
211 Gastos de desarrollo Activo
212 Patentes, licencias, concesiones y derechos similares Activo
2121 Patentes Activo
2122 Licencias Activo
2123 Concesiones de servicios públicos Activo
22 Terrenos Activo
221 Terrenos agrícolas y forestales Activo
2211 Granjas Activo
2212 Terrenos forestales Activo
2218 Otros terrenos Activo
222 Terrenos baldíos Activo
2221 Terrenos edificables Activo
2228 Otros terrenos baldíos Activo
23 Edificios, instalaciones técnicas y accesorios Activo
231 Edificios industriales, agrícolas, administrativos y comerciales en terrenos propios Activo
2311 Edificios industriales Activo
2312 Edificios agrícolas Activo
2313 Edificios administrativos y comerciales Activo
232 Edificios industriales, agrícolas, administrativos y comerciales en terrenos no edificados Activo
2321 Edificios industriales Activo
2322 Edificios agrícolas Activo
2323 Edificios administrativos y comerciales Activo
24 Equipamiento, mobiliario y activos biológicos Activo
241 Maquinaria y equipos industriales y comerciales Activo
2411 Equipamiento industrial Activo
2412 Herramientas industriales Activo
2413 Equipamiento comercial Activo
242 Maquinaria y equipos agrícolas Activo
2421 Equipamiento agrícola Activo
2422 Herramientas agrícolas Activo
2426 Maquinaria y equipos agrícolas en arrendamiento financiero Activo
25 Anticipos y depósitos pagados sobre inmovilizado Activo
251 Anticipos y depósitos pagados sobre inmovilizado inmaterial Activo
252 Anticipos y depósitos pagados sobre el inmovilizado material Activo
26 Inversiones de capital Activo
261 Inversiones en empresas bajo control exclusivo Activo
262 Inversiones en entidades controladas conjuntamente Activo
263 Inversiones en empresas sobre las que se ejerce una influencia significativa Activo
27 Otras inversiones a largo plazo Activo
271 Préstamos y títulos de crédito Activo
2711 Préstamos participativos Activo
2712 Préstamos a empresas asociadas Activo
2713 Notas de fondos Activo
272 Préstamos a los empleados Activo
2721 Préstamos inmobiliarios Activo
2722 Préstamos para equipos e instalaciones Activo
2728 Otros préstamos al personal Activo
28 Amortización Activo
281 Amortización del inmovilizado inmaterial Activo
2811 Amortización de costes de desarrollo Activo
2812 Amortización de patentes, licencias, concesiones y derechos similares Activo
2813 Amortización de programas informáticos y sitios web Activo
282 Amortización de terrenos Activo
2824 Amortización de los trabajos de recuperación de tierras Activo
29 Deterioro del inmovilizado Activo
291 Deterioro de activos inmateriales Activo
2911 Deterioro de los costes de desarrollo Activo
2912 Pérdida de valor de patentes, licencias, concesiones y derechos similares Activo
2913 Deterioro de programas informáticos y sitios web Activo

Acto Uniforme (Primeros 20 Artículos)

Artículo Contenido
1 Toda entidad en el sentido del artículo 2 siguiente estará sujeta a las disposiciones del presente Acto Uniforme y establecerá, para información externa y para su propio uso, una contabilidad general conforme a dicho Acto Uniforme.

Para ello:

  • Clasifica, registra y contabiliza los hechos que se constatan y todas las transacciones, que implican movimientos de valor, que son tratadas por terceros o que se registran o realizan en el marco de su gestión interna;

  • Proporciona, tras el tratamiento adecuado de estas operaciones, los informes a los que está sujeta por ley o por sus estatutos, así como la información requerida por los distintos usuarios.
2 Las entidades sujetas a las disposiciones del Acto uniforme relativo al derecho mercantil general, del Acto uniforme relativo al derecho de las sociedades comerciales y las agrupaciones de interés económico y del Acto uniforme relativo al derecho de las sociedades cooperativas están obligadas a establecer una contabilidad, denominada contabilidad financiera, las entidades públicas, semipúblicas y semipúblicas y, de forma más general, las entidades productoras de bienes y servicios de mercado o no de mercado, en la medida en que ejerzan, con o sin ánimo de lucro, actividades económicas a título principal o accesorio que se basen en actos repetitivos, con excepción de los sujetos a las normas de contabilidad pública.
3 De acuerdo con el principio de prudencia, las cuentas deben cumplir las obligaciones de regularidad, equidad y transparencia inherentes a la conservación, control, presentación y comunicación de la información que tratan.
4 Para garantizar la fiabilidad, comprensibilidad y comparabilidad de la información, la contabilidad de cada entidad implica:

  • El respeto de una terminología y de unos principios rectores comunes a todas las entidades interesadas de los Estados partes en el Tratado de Armonización del Derecho Mercantil en África;

  • La aplicación de postulados, convenciones, métodos y procedimientos normalizables por sectores profesionales;

  • Una organización que cumpla en todo momento los requisitos de recogida, conservación, auditoría, presentación y comunicación de la información contable relativa a las operaciones de la entidad a que se refiere el artículo 1.
5 Se instituye un sistema contable único, común a todos los Estados contratantes y compuesto por el Plan General de Contabilidad OHADA y el Arreglo Contable para Cuentas Consolidadas y Combinadas, denominado Sistema Contable OHADA, en forma abreviada SYSCOHADA, y anejo al presente Acto Uniforme.

El objetivo de SYSCOHADA es la recogida, mantenimiento, control, presentación y comunicación por parte de las entidades de la información financiera establecida en las mismas condiciones de fiabilidad, comprensión y comparabilidad.

Sin embargo, las entidades de crédito, las instituciones microfinancieras, los agentes del mercado financiero, las compañías de seguros y reaseguros, los organismos de previsión y seguridad social y las entidades sin ánimo de lucro no están sujetos a SYSCOHADA.

El Plan General de Contabilidad de la OHADA y las Normas Contables para las Cuentas Consolidadas y Combinadas se actualizarán periódicamente, mediante decisión, por consejo o recomendación del Comité de Formalización Contable de la OHADA, de conformidad con el Reglamento n°002/2009 relativo a la creación,organización y funcionamiento de dicho Comité.
6 La aplicación del sistema contable OHADA implica que:

  • Se observa en todos los casos el principio de prudencia, basado en una evaluación razonable de los acontecimientos y transacciones que deben registrarse durante el ejercicio;

  • La entidad cumple las normas y procedimientos vigentes y los aplica de buena fe;

  • Los responsables de la contabilidad establezcan y apliquen procedimientos de control interno esenciales para el conocimiento que normalmente deben tener de la realidad y la importancia de los hechos, transacciones y situaciones relacionados con la actividad de la entidad;

  • La información se presenta y comunica con claridad, sin intención de ocultar la realidad tras la apariencia.
7 Los estados financieros de síntesis reúnen la información financiera al menos una vez al año durante un periodo de doce meses, conocido como ejercicio; se denominan estados financieros anuales.

El ejercicio coincide con el año natural.

La duración del ejercicio es excepcionalmente inferior a doce meses para el primer ejercicio que comienza durante el primer semestre del año civil. Este periodo puede ser superior a doce meses para el primer ejercicio que comience en la segunda mitad del año.

En caso de cese de actividad, cualquiera que sea el motivo, la duración de las operaciones de liquidación se contabilizan como un único ejercicio, sin perjuicio del establecimiento de estados anuales provisionales.
8 Un conjunto completo de estados financieros anuales incluye el Balance, la Cuenta de Resultados, el Estado de Flujos de Efectivo y las Notas.

Los estados financieros forman un conjunto inseparable y ofrecen una imagen fiel de los hechos, transacciones y circunstancias del ejercicio, con el fin de ofrecer una imagen fiel del patrimonio, la situación financiera y los resultados de la entidad.

Los estados financieros se elaboran y presentan de conformidad con las disposiciones de los artículos 25 a 34 siguientes, de forma que puedan compararse a lo largo del tiempo, año tras año, y con los estados financieros anuales de otras entidades, elaborados en las mismas condiciones de regularidad, equidad y comparabilidad.

Las entidades cuyos valores cotizan en bolsa y las que buscan financiación a través de una oferta pública deben elaborar y presentar estados financieros anuales de acuerdo con las Normas Internacionales de Información Financiera, conocidas como NIIF, además de los estados financieros mencionados en los párrafos anteriores.

Los estados financieros anuales elaborados con arreglo a las NIIF están destinados exclusivamente a los mercados financieros. Éstos no pueden utilizarse como base para determinar el beneficio distribuible a que se refiere la Ley Uniforme relativa a la Ley de Sociedades Comerciales y Agrupaciones de Interés Económico.
9 La imparcialidad y exactitud de la información presentada en los estados financieros anuales de la entidad resultan de una descripción adecuada, imparcial, clara, precisa y completa de los hechos, transacciones y condiciones relativos al ejercicio.

La comparabilidad de los estados financieros anuales a lo largo de ejercicios sucesivos exige coherencia en la terminología y los métodos utilizados para trazar los hechos, transacciones y situaciones presentados en dichos estados.
10 Se considerará que toda entidad que aplique correctamente el Sistema de Contabilidad de la OHADA ofrece en sus estados financieros una imagen fiel de su situación y de sus operaciones, tal y como se exige en el artículo 8 anterior.

Cuando la aplicación de un requisito contable resulte insuficiente o inadecuada para ofrecer una imagen fiel, deberá facilitarse información adicional o las justificaciones necesarias en las notas de los estados financieros.
11 Los estados financieros anuales contemplados en el artículo 8 se hacen obligatorios, total o parcialmente, en función del tamaño de las entidades evaluadas según criterios relativos al volumen de negocios sin impuestos del ejercicio.

Los formatos de los estados financieros anuales y de la contabilidad permitidos por esta Ley Uniforme son el Sistema Normal y el Sistema Mínimo de Tesorería.

Todas las entidades están sujetas al régimen normal de presentación de estados financieros y llevanza de cuentas, salvo excepción derivada de su tamaño.
12 Derogado.
13 A menos que opten por no acogerse, las pequeñas entidades están sujetas al Sistema de Tesorería Mínima, abreviado SMT.

Pueden acogerse al régimen de tesorería mínima las entidades cuyas ventas anuales, impuestos excluidos, sean inferiores a los siguientes umbrales:

  • Sesenta (60) millones de francos CFA o su equivalente en la unidad monetaria de curso legal en el Estado contratante, para las entidades comerciales;

  • Cuarenta (40) millones de francos CFA o su equivalente en la unidad monetaria de curso legal en el Estado contratante, para las entidades artesanales y similares;

  • Treinta (30) millones de francos CFA o su equivalente en la unidad monetaria de curso legal en el Estado contratante, para las entidades de servicios.
14 La organización contable establecida en la entidad debe cumplir los requisitos de regularidad y seguridad que garanticen la autenticidad de los asientos, de forma que la contabilidad pueda utilizarse tanto como instrumento de medición de los derechos y obligaciones de los socios de la entidad, como instrumento de prueba, de información a terceros y de gestión.
15 La organización contable debe garantizar:

  • Un registro exhaustivo y cotidiano de la información básica sin demora;

  • Un tratamiento puntual de los datos registrados;

  • Facilitar a los usuarios los documentos requeridos dentro de los plazos legales establecidos para su expedición.
16 Para mantener la continuidad del acceso a la información a lo largo del tiempo, todas las entidades deben elaborar un manual que describa sus procedimientos y organización contables.

Este manual, que se actualiza periódicamente, tiene por objeto garantizar el registro definitivo de las operaciones. Se conserva mientras sea necesaria la presentación de los sucesivos estados financieros a los que se refiere.

Los movimientos que afectan a los activos de la entidad se registran en las cuentas, transacción por transacción, en el orden de su fecha de valor contable. Esta fecha es la fecha en la que la entidad emite el documento justificativo de la operación, la transacción, o el de la recepción de documentos externos. Las transacciones de la misma naturaleza realizadas en el mismo lugar y el mismo día pueden resumirse en un único justificante.

Los movimientos se resumen por periodos predeterminados, que no pueden ser superiores a un mes.

La entidad realiza un inventario físico de todos sus activos y pasivos, indicando la naturaleza, cantidad y valor de cada elemento en la fecha del inventario.

Los datos del inventario se organizan y almacenan de forma que se justifique el contenido de cada uno de los elementos patrimoniales identificados.
17 El sistema contable debe cumplir al menos las siguientes condiciones de regularidad y seguridad:

  1. La teneduría de la contabilidad en la lengua oficial y en la unidad monetaria de curso legal en el Estado contratante;

  2. La utilización de la técnica de la partida doble, que da lugar a un asiento que afecta al menos a dos cuentas, una de las cuales se carga y la otra se abona. Cuando se registra una transacción, el total de los importes cargados en las cuentas debe ser igual al total de los importes abonados en otras cuentas;

  3. La justificación de los asientos mediante documentos fechados, conservados, archivados en un orden definido en el manual descriptivo de los procedimientos y de la organización contable, susceptibles de servir como medios de prueba y que lleven las referencias de su registro en las cuentas;

  4. El cumplimiento del registro cronológico de las operaciones previsto en los apartados 3, 4 y 5 del artículo 16 anterior;

  5. La identificación de cada uno de estos registros, especificando su origen y asignación, el contenido de la transacción a la que se refiere y las referencias del documento justificativo;

  6. El control del inventario de las existencias y valor de los activos, créditos y pasivos de la entidad, de conformidad con los apartados 6 y 7 del artículo 16 anterior;

  7. La utilización, a efectos la primera contabilidad de la entidad, de un plan contable normalizado que figura en el sistema contable OHADA;

  8. La llevanza obligatoria de libros u otros soportes autorizados y la aplicación de procedimientos de tratamiento aprobados, que permitan elaborar los estados financieros anuales a que se refiere el artículo 8 anterior.
18 Las cuentas del sistema contable OHADA se agrupan en categorías homogéneas denominadas clases.

Para la contabilidad financiera, las clases incluyen:

  • Clases de cuentas patrimoniales;

  • Clases de cuentas de gestión.

Cada clase se subdivide en cuentas identificadas por números de dos o más dígitos, según su grado de dependencia de cuentas de nivel superior, utilizando un sistema de codificación decimal.

El plan contable de cada entidad debe ser lo suficientemente detallado como para permitir el registro de las transacciones.

Cuando las cuentas previstas en el sistema contable OHADA no sean suficientes para que la entidad registre todas sus transacciones por separado, podrá abrir las subdivisiones necesarias.

Por el contrario, si las cuentas previstas por el sistema contable OHADA son demasiado detalladas para las necesidades de la entidad, ésta podrá agruparlas en una cuenta global al mismo nivel, pero más detallada, de acuerdo con las posibilidades ofrecidas por el sistema contable OHADA y siempre que la agrupación así efectuada permita al menos elaborar los estados financieros anuales en las condiciones prescritas.

Las operaciones se registran en las cuentas cuyas rúbricas corresponden a su naturaleza.
19 Los libros de contabilidad y otros documentos que deben llevarse son:

  • El libro diario, en el que se contabilizan los movimientos del ejercicio en las condiciones establecidas en el apartado 4 del artículo 17 anterior;

  • El libro mayor, compuesto por todas las cuentas de la entidad, en el que se consignan o anotan simultáneamente en el diario, cuenta por cuenta, los distintos movimientos del ejercicio;

  • El balance general de sumas y saldos, un estado recapitulativo que muestre, al final del ejercicio, para cada cuenta:

    • El saldo deudor o acreedor al inicio del ejercicio;

    • Movimientos de débito acumulados desde el inicio del ejercicio y movimientos de crédito acumulados;

    • El saldo deudor o acreedor en la fecha en cuestión;

  • El libro de inventario, que contiene el balance, la cuenta de resultados y el estado de tesorería de cada ejercicio, así como un resumen del inventario.

La elaboración del libro diario y del libro mayor puede verse facilitada por la llevanza de diarios y libros auxiliares, o de registros que los sustituyan, en función del tamaño y las necesidades de la entidad. En este caso, los totales de estos registros se centralizan periódicamente y al menos una vez al mes en el libro diario y el libro mayor, respectivamente.
20 Los libros de contabilidad y demás registros deben llevarse sin espacios en blanco ni alteraciones de ningún tipo.

Si se comete un error y se descubre en el ejercicio en curso, se corrige exclusivamente anotando las partidas erróneas en negativo; a continuación se efectúa el asiento correcto.

La corrección de un error material cometido en un ejercicio anterior debe hacerse ajustando los beneficios no distribuidos.

Toda corrección de errores descubierta en el ejercicio en curso y cometida en ejercicios anteriores debe indicarse en las notas a los estados financieros.

Tratamiento contable de operaciones

Concepto Tratamiento

Compras almacenables y suministros

  • Compras almacenables: Son las compras que son objeto de seguimiento (mantenimiento de fichas de stock o cuenta de almacén) cuyos existentes nuevos al cierre del ejercicio se inscriben en las cuentas de stocks correspondientes con como contrapartida la cuenta 603 Variación de stocks (inventario intermitente).
  • Suministros: Son todas las compras no almacenables por la naturaleza del elemento (agua, electricidad, otras energías) o no almacenadas por elección de la entidad (simplificación del inventario, coste de gestión) como aquellos relativos a suministros que no son objeto de seguimiento (mantenimiento de fichas de stocks) y cuyas existencias nuevas al cierre del ejercicio se inscriben en el débito de la cuenta 476 Gastos realizados por anticipado por el crédito de las cuentas de gastos concernientes, para que el saldo de la cuenta de gasto represente las compras efectivamente consumidas durante el ejercicio.

Anuncios e inserciones publicitarias

Los gastos de anuncios publicitarios en periódicos, revistas o en internet se registran al débito de la cuenta 6271 Anuncios, inserciones.

Ventajas en especie

  • Las ventajas en especie de las que se beneficia el personal (vivienda, alimentación, uso de un vehículo, etc.) son registradas por la entidad en las distintas cuentas de gastos por naturaleza concernida (en general, cuentas 60 a 63): 614 Transportes de personal, 622 Alquileres y cargas locativas, 624 Mantenimiento, reparaciones y conservación, 628 Gastos de telecomunicaciones, etc. Estas ventajas en especie son luego transferidas a final de ejercicio en los gastos de personal al débito de la cuenta 6617 Ventajas en especie, personal nacional o 6627 Ventajas en especie, personal no nacional por el crédito de la cuenta 781 Transferencias de gastos de explotación.
  • Autoconsumo: Los consumos retirados de la producción de la explotación, sin contrapartida monetaria, por los empleados se registran al débito de la cuenta 6617 o 6627 por el crédito de la cuenta 724 Producción autoconsumida.

Bienes de escaso valor

Los elementos de activo que responden a la definición de inmovilizado cuyos valores no son significativos (bienes de escaso valor) pueden ser contabilizados en gastos del ejercicio. Nota: Ningún umbral está fijado por el SYSCOHADA, es usual referirse al umbral eventualmente fijado por la legislación fiscal nacional (por ejemplo en Costa de Marfil, inmovilizado cuyo precio unitario no excede 300.000 XAF).

Regalos a la clientela

  • Para los productos de la entidad ofrecidos a los clientes: A título de gastos iniciales: se registran en las cuentas 601 Compras de mercancías o, para los productos fabricados, en las distintas cuentas de gastos por naturaleza. A título de entrega de los productos a la clientela: si el valor del regalo ofrecido es un componente de la factura, esta puede ser contabilizada distintamente en la cuenta 7078 Otros productos accesorios, por el contrario, si el regalo es un suplemento ofrecido al cliente que no figura en la factura, solo el importe de la factura será registrado en la cuenta 70 Ventas. No es por tanto necesario en principio transferir el valor del regalo ofrecido a la cuenta 6276 Regalos a la clientela. Sin embargo, para justificar en las cuentas el impacto sobre el margen de beneficio, el valor del regalo ofrecido puede ser transferido al débito de la cuenta 6276 Regalos a la clientela por el crédito de la cuenta 781 Transferencia de gastos de explotación.
  • Para los productos ofrecidos diferentes de los de la entidad: Conviene en este caso utilizar la cuenta 6276 Regalos a la clientela para los regalos comprados a terceros. Por el contrario, para aquellos fabricados por la entidad misma, los distintos gastos incurridos son desglosados, según su naturaleza en las cuentas de gastos y luego transferidos al débito de la cuenta 6273 Muestras por el crédito de la cuenta 781 Transferencia de gastos de explotación. Al cierre del ejercicio, el coste de los artículos no distribuidas se registra en gastos realizados por anticipado.
  • Para las prestaciones de servicios ofrecidas: Cuando la prestación de servicios es realizada por un tercero, el coste de la prestación es directamente registrado al débito de la cuenta 6276 Regalos a la clientela. Por el contrario, cuando la prestación es realizada por la entidad, el coste de la prestación será previamente registrado en las distintas cuentas de gastos por naturaleza y luego transferido al débito de la cuenta 6276 Regalos a la clientela por el crédito de la cuenta 781 Transferencia de gastos de explotación.

Tarjetas de visita, flyers, camisetas y gadgets publicitarios, etc.

Las tarjetas de visita, flyers, prospectos, folletos, camisetas, gadgets publicitarios, papel adquirido con fines publicitarios, etc. son registrados al débito de la cuenta 6272 Catálogos, impresos publicitarios teniendo en cuenta su naturaleza publicitaria.

Gastos de copropiedad

Cuando una entidad es copropietaria de un inmueble, la cuota parte de gastos descontados por el administrador de la copropiedad es globalmente asimilada a un gasto locativo (excepto si el desglose de gastos por naturaleza parece más pertinente teniendo en cuenta su carácter significativo) e inscrita al débito de la cuenta 6385 Gastos de copropiedad a excepción de los gastos de mantenimiento y reparaciones que hay que inscribir al débito de la cuenta 6241 Mantenimiento y reparaciones de los bienes inmuebles. En caso de alquiler a un tercero por el copropietario, la parte de los gastos de copropiedad recuperada sobre el inquilino debe ser transferida al débito de la cuenta de terceros por el crédito de la cuenta 781 Transferencia de gastos de explotación..

Comisiones e intereses bancarios

  • Los intereses relacionados con los capitales prestados incluyendo la prima de seguros eventual (préstamos, descubierto, cuentas corrientes acreedoras, etc.) a cargo de la entidad son contabilizados al débito de las subcuentas de la cuenta 67 Gastos financieros. Estos gastos representando la remuneración del dinero prestado son proporcionales al importe de una deuda y a la duración y dependen del tipo de interés.
  • Por el contrario, las comisiones bancarias que representan la remuneración de un servicio proporcionado por el banco (por ejemplo, gastos de mantenimiento de cuenta, comisiones sobre efecto de comercio, de factoring o por apertura de crédito, tarjeta de crédito, instrumentos de pago en moneda electrónica) son registradas al débito de la cuenta 631 Gastos bancarios. .
  • Los intereses de retrasos de pago de impuestos corresponden a la cuenta 647 Penalizaciones, multas fiscales. .
  • Instrumentos de moneda electrónica: los gastos relativos a las operaciones (depósitos y retiradas de dinero, transferencias de dinero, pago de facturas de teléfono, electricidad, agua, carburante...) realizadas por instrumentos de moneda electrónica son registrados al débito de la cuenta 6317 Gastos sobre instrumentos moneda electrónica.
  • Descuento de efectos comerciales: los gastos bancarios (intereses y comisiones) soportados durante una operación de descuento de efectos de comercio son globalmente registrados al débito de la cuenta 675 Descuentos de efectos comerciales.
  • Incorporación de los costes de préstamos: cuando un activo es cualificado para la capitalización de los costes de préstamo (activo que exige un largo período de preparación), los intereses intercalares debidos sobre el período de preparación son primero contabilizados al débito de la cuenta 67 Gastos financieros, luego transferidos al débito de la cuenta de activo concernido por el crédito de la cuenta 787 Transferencia de gastos financieros.

Comisiones pagadas a los miembros del personal

Las comisiones pagadas a los miembros del personal forman parte del salario bruto imponible y son por tanto registradas en las subcuentas de la cuenta 66 Cargas de personal.

Vacaciones pagadas, primas y gratificaciones

Vacaciones pagadas:

  • Al cierre del ejercicio: el importe bruto de los derechos a vacaciones pagadas adquiridos por los empleados de la entidad constituye un gasto a pagar (y no una provisión, porque existe una baja incertidumbre sobre el importe y el vencimiento) y es registrado al débito de la cuenta 6613 y/o 6623 Permisos retribuídos por el crédito de la cuenta 4281 Deudas provisionadas para vacaciones a pagar. Las cargas sociales y fiscales patronales ligadas a las vacaciones pagadas son inscritas en las cuentas de gastos por naturaleza concernidas con como contrapartida las cuentas 4382 Cargas sociales sobre vacaciones a pagar y una subcuenta de la cuenta 4486 para las cargas fiscales sobre vacaciones a pagar.
  • Al inicio del ejercicio siguiente: estos asientos serán contrapasados.
  • En el momento de la toma de las vacaciones pagadas: la parte de las vacaciones pagadas en el salario bruto total es registrada distintamente al débito de la cuenta 6613 y/o 6623 Vacaciones pagadas por el crédito de la cuenta 422 Personal, remuneraciones debidas.

Primas y gratificaciones:

  • Al cierre del ejercicio: el importe estimado de las primas anuales y gratificaciones constituye un gasto a pagar y es registrado al débito de la cuenta 6612 Primas y gratificaciones.
  • Al inicio del ejercicio siguiente: este asiento será contrapasado.
  • En el momento de su pago: el importe de las primas y gratificaciones será inscrito al débito de la cuenta 6612 Primas y gratificaciones.

Nota: durante la determinación del resultado fiscal, hay que tener en cuenta el carácter no deducible de las "provisiones para vacaciones pagadas" del ejercicio según la legislación fiscal nacional.

Ejemplos de Asientos Contables

Asiento de Apertura

Los socios constituyen la sociedad aportando 10.000.000 XAF, que ingresan en la cuenta bancaria.

CÓDIGO CUENTA DEBE HABER
521 Bancos 10.000.000
101 Capital Social 10.000.000
TOTAL: 10.000.000 10.000.000

Compra de Mercaderías

Se compran mercaderías por valor de 1.000.000 XAF + 15% IVA.

1. Compra a crédito
CÓDIGO CUENTA DEBE HABER
601 Compra de mercaderías 1.000.000
445 Estado, IVA recuperable (soportado) 150.000
401 Proveedores 1.150.000
TOTAL: 1.150.000 1.150.000
2. Pago al proveedor (contado)
CÓDIGO CUENTA DEBE HABER
401 Proveedores 1.150.000
521 Bancos 1.150.000
TOTAL: 1.150.000 1.150.000

Venta de Mercaderías

Se venden mercaderías por valor de 2.000.000 XAF + 15% IVA.

1. Venta a crédito
CÓDIGO CUENTA DEBE HABER
411 Clientes 2.300.000
701 Venta de mercaderías 2.000.000
443 Estado, IVA facturado (repercutido) 300.000
TOTAL: 2.300.000 2.300.000
2. Cobro del cliente (contado)
CÓDIGO CUENTA DEBE HABER
521 Bancos 2.300.000
411 Clientes 2.300.000
TOTAL: 2.300.000 2.300.000

Pago de Gastos

Se pagan por banco las facturas de suministros del mes.

1. Factura eléctrica: 50.000 XAF + 15% IVA
CÓDIGO CUENTA DEBE HABER
6052 Suministros no almacenables - Electricidad 50.000
445 Estado, IVA recuperable 7.500
521 Bancos 57.500
TOTAL: 57.500 57.500
2. Factura de teléfono e internet: 30.000 XAF + 15% IVA
CÓDIGO CUENTA DEBE HABER
628 Gastos de telecomunicaciones 30.000
445 Estado, IVA recuperable 4.500
521 Bancos 34.500
TOTAL: 34.500 34.500

Asiento de Nómina

Se contabiliza la nómina de un empleado con salario base de 500.000 XAF.

  • Seguridad Social (Trabajador 4.5%): 22.500
  • Seguridad Social (Empresa 21.5%): 107.500
  • Líquido a percibir: 477.500
1. Devengo de la nómina
CÓDIGO CUENTA DEBE HABER
661 Remuneraciones del personal 500.000
664 Cargas sociales 107.500
431 Seguridad Social 130.000
421 Personal, remuneraciones pendientes 477.500
TOTAL: 607.500 607.500
2. Pago de la nómina
CÓDIGO CUENTA DEBE HABER
421 Personal, remuneraciones pendientes 477.500
521 Bancos 477.500
TOTAL: 477.500 477.500

Amortización de Inmovilizado

Se dota la amortización anual de un vehículo (inmovilizado material) que costó 5.000.000 XAF, con una vida útil de 5 años (amortización lineal del 20%).

Cuota anual: 5.000.000 * 20% = 1.000.000 XAF

CÓDIGO CUENTA DEBE HABER
681 Dotaciones a las amortizaciones del inmovilizado 1.000.000
2845 Amortización del material de transporte 1.000.000
TOTAL: 1.000.000 1.000.000

Liquidación de IVA

Con los datos de los ejemplos anteriores:

  • IVA Repercutido (ventas): 300.000
  • IVA Soportado (compras + gastos): 150.000 + 7.500 + 4.500 = 162.000
  • Resultado a pagar: 300.000 - 162.000 = 138.000
CÓDIGO CUENTA DEBE HABER
443 Estado, IVA facturado 300.000
445 Estado, IVA recuperable 162.000
444 Estado, IVA por pagar 138.000
TOTAL: 300.000 300.000

Asiento de Regularización, Impuesto y Reparto de Resultados (OHADA)

Ejemplo completo de cierre contable según el Plan OHADA, incluyendo regularización, impuesto sobre beneficios (25%) y reparto de dividendos.

1. Regularización de Ingresos y Gastos
CÓDIGO CUENTA DEBE HABER
70 Ventas de mercaderías 10.000.000
60 Compras y otros gastos 7.500.000
12 Resultado del ejercicio 2.500.000
TOTAL: 10.000.000 10.000.000
2. Impuesto sobre Beneficios (25%)
CÓDIGO CUENTA DEBE HABER
89 Impuesto sobre beneficios 625.000
44 Estado, Impuesto sobre beneficios 625.000
TOTAL: 625.000 625.000
3. Resultado Neto del Ejercicio
CÓDIGO CUENTA DEBE HABER
12 Resultado del ejercicio 2.500.000
13 Resultados pendientes de distribución 2.500.000
TOTAL: 2.500.000 2.500.000
4. Reparto de Beneficios
CÓDIGO CUENTA DEBE HABER
13 Resultados pendientes de distribución 1.875.000
11 Reserva legal (10%) 187.500
457 Dividendos a pagar (50%) 937.500
118 Reservas voluntarias (40%) 750.000
TOTAL: 1.875.000 1.875.000

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